Si se divorció recientemente o está en proceso de divorciarse y el acuerdo requiere una transferencia de propiedad inmobiliaria mediante escritura de renuncia, no demore esta tarea. Si su futuro excónyuge ha aceptado firmar una escritura de reclamación de renuncia de la casa, hágalo ahora. Si espera hasta que necesite vender o refinanciar la casa, es posible que su ex no coopere, o que los acreedores o el IRS hayan intervenido.
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Muchos abogados de divorcio elaborarán un acuerdo de resolución de divorcio que simplemente establece que el cónyuge "A" renunciará a sus derechos en el hogar conyugal. Aunque esta disposición, si se acuerda, se convierte en vinculante para las partes, si la escritura de transferencia real no se redacta y firma, la persona que debía liberar su interés aún mantiene un interés. El acuerdo de divorcio no es vinculante para los acreedores del cónyuge liberador.
Por qué no debe demorar para que su excónyuge ejecute una escritura de reclamación de renuncia de la casa que recibió en el divorcio: si la escritura no ha sido firmada y registrada, y su ex es demandado y se dicta sentencia en su contra, el el juicio se adjuntará a la propiedad. Luego, aunque el divorcio diga que obtendrá la casa, tendrá que pagar la sentencia antes de poder vender o refinanciar la propiedad. Si su excónyuge no paga al IRS, el IRS impondrá un gravamen sobre la propiedad. Nuevamente, aunque tiene un decreto de divorcio que establece que obtiene la casa y que su ex ha renunciado a todos los intereses, si la escritura no se ejecutó y registró antes del gravamen del IRS, tendrá que lidiar con el IRS antes de poder hacerlo. vender o refinanciar la propiedad.

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